La Policía Local advierte que los patinetes eléctricos deben contar con un seguro de responsabilidad civil obligatorio y estar registrados en la DGT

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La Policía Local advierte que los patinetes eléctricos deben contar con un seguro de responsabilidad civil obligatorio y estar registrados en la DGT

La Policía Local de Totana advierte que desde el  2 de enero de 2026, en España, patinetes eléctricos (VMP) deben contar con un seguro de responsabilidad civil obligatorio y estar registrados en la Dirección General de Tráfico (DGT), así como llevar una etiqueta identificativa visible –como una matrícula-  para poder circular legalmente.

Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) comercializados desde 2024 deben contar con un certificado de homologación, mientras que los vendidos hasta el 21 de enero de 2024 podrán circular sin él hasta el 22 de enero de 2027.

Según la normativa, ya en vigor desde hace más de un año, todos los patinetes comercializados deben contar con una placa informativa en la que figure el número de certificado del vehículo y las características del patinete, así como su velocidad máxima, marca y modelo, número de serie y año de fabricación.

La propia DGT recoge en su web los fabricantes que ya tienen certificados sus VMP; y recuerda que esta certificación es obligatoria y permite que el patinete eléctrico quede registrado en el sistema de la Dirección General de Tráfico.

La normativa incluye una moratoria para los patinetes adquiridos hasta el pasado 21 de enero de 2024, por lo que podrán circular legalmente hasta el 22 de enero de 2027. Pasada esta fecha, solo podrán hacerlo los VMP dotados de la correspondiente homologación (según el manual oficial de características) y certificación.

Los dueños de estos VMP que quieran adelantarse a 2027 y homologar su patinete eléctrico pueden hacerlo, de forma extraordinaria, acudiendo a un laboratorio autorizado o a un organismo competente y aportando tanto el VMP como la información técnica que se posea del mismo.

Tanto los patinetes eléctricos como el resto de VMP que se adquieren desde el 22 de enero de 2024 deben cumplir con una serie de características que recuerda la propia DGT en su página web:

Velocidad: podrán circular a una velocidad máxima de 25 km/h, a partir de la cual el motor dejará de impulsar al vehículo. Dispondrán de sistemas antimanipulación, tanto para la velocidad como para la potencia.

Deberán disponer de un indicador de información visible en el que conste tanto la velocidad a la que se circula como el nivel de batería.

Sistema de frenado. Todos los vehículos destinados al transporte personal deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2. Además, los vehículos de más de dos ruedas deberán estar equipados con un freno de estacionamiento.

Visibilidad: los vehículos de movilidad personal deben contar con catadióptricos frontales (de color blanco), en ambos laterales (de color blanco o color amarillo auto) y traseros (de color rojo). La luz de freno debe estar diferenciada o combinada con la luz trasera.

Además, los VMP para transporte de mercancías u otros servicios deben llevar reflectantes laterales de color amarillo auto y traseros de color rojo, en aristas y vértices de la carga, que permitan señalizar y distinguir claramente en situaciones de baja visibilidad tanto la altura como la anchura de la misma.

Han de estar equipados con un avisador acústico y con un sistema de estabilización en aparcamiento; los VMP de menos de tres ruedas tendrán que tener instalados una pata de cabra lateral o un caballete central.

La Policía Local recuerda, asimismo, que los patinetes eléctricos y el resto de VMP deben estar operados por una sola persona (sin pasajero); que deben circular por los carriles bici, si existen, o por la calzada, y que tienen prohibida la circulación tanto en aceras y zonas peatonales como en travesías, vías interurbanas, autopistas y autovías; que deben obedecer todas las normas de circulación y que está prohibido el uso de auriculares o de teléfonos móviles mientras se circula en ellos.

El Ayuntamiento de Totana tiene previsto elaborar una Ordenanza Municipal de regulación de la circulación de los vehículos de movilidad personal, patines, patinetes y monopatines, dando respuesta a un acuerdo plenario unánime del pasado mes de abril.

Esta normativa se realizará con el objetivo de regular el uso de estos vehículos para garantizar la seguridad de peatones y conductores y apostar por un medio de transporte más sostenible que redunde en un modelo de ciudad con movilidad sostenible donde se prioricen los desplazamientos a pie, en bicicleta, en transporte público y en vehículos eléctricos, menos ruidosos.

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