La Policía Local desarrollará una nueva campaña de vigilancia sobre el consumo de alcohol y drogas en la conducción, promovida por la DGT

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La Policía Local desarrollará una nueva campaña de vigilancia sobre el consumo de alcohol y drogas en la conducción, promovida por la DGT

Tendrá lugar entre los días 8 y 14 de agosto, a través de la imposición de puntos de control en carreteras a cualquier hora

Los servicios de Policía Local del municipio llevarán a cabo, entre los días 8 y 14 de este mes, una nueva campaña de vigilancia sobre el consumo de alcohol y drogas en la conducción, promovida por la Dirección General de Tráfico (DGT).

El principal objetivo de ésta consiste en prevenir la circulación por carretera de conductores ebrios, o que se encuentren bajo el efecto de sustancias estupefacientes, reduciendo así el número de accidentes con víctimas producidos en carretera.

A través de esta campaña, incluida en el calendario de actuaciones que realiza TISPOL (Organización Internacional de Policías de Tráfico), se realizarán controles disuasorios en todo tipo de carreteras y a cualquier hora del día.

El alcohol, seguido de la cocaína y el cannabis, constituyen las sustancias principalmente consumidas por conductores fallecidos en casos de atropello o en accidentes de tráfico, convirtiéndose en factores concurrentes, o desencadenantes, en un tercio de los accidentes de tráfico mortales.

Tasas de alcohol e infracciones

La Ley de Seguridad Vial fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores en 0,25 mg/l de alcohol en aire aspirado, reduciéndose en 0,15 mg/l para los noveles y profesionales; además, prohíbe conducir con cualquier tipo de presencia de drogas en el organismo.

En caso de alcanzar los 0,50 mg/l de alcohol, la multa alcanza los 500 euros y 4 puntos, mientras que superarlos supone una multa de 1000 euros con penalización de seis puntos, tal y como ocurre en casos de positivo en drogas.

Por su parte, el capítulo IV del Título XVII del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas por conducir con exceso de alcohol (más de 0,60 mg/l) o bajo la influencia de drogas: prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.

Negarse a hacer la prueba de control supone prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

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